Ganar una demanda de desahucio de una inquilina vulnerable frente a un gran propietario de viviendas siempre es una alegría, pero en este caso la victoria deja incluso mejor sabor de boca por la carambola que supone el éxito judicial.
Nuestra clienta es una mujer jubilada que, pese a haber trabajado casi toda su vida, no pudo hacer frente a la hipoteca durante la crisis y el banco se quedó la vivienda en un procedimiento de Ejecución Hipotecaria. Tras acordar la dación en pago con alquiler social, la nueva gestora, Livingcenter, la hizo un contrato sobre la que venía siendo su vivienda para que pudiera seguir viviendo en ella pagando un alquiler asumible. La clienta en su momento podría no haber llegado a ese acuerdo y haber solicitado la moratoria hipotecaria –Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social- ya que cumplía sobradamente los requisitos, y con ello quedarse en la finca sin pagar una renta, pero prefirió la seguridad de un alquiler social que le ofreció el banco.
En 2024, en pleno auge de los precios de la vivienda y con los alquileres ya totalmente disparados, Livingcenter decide rescindir unilateralmente el contrato de alquiler y se ponen en contacto con la vecina diciendo que debe abandonar la finca.
En ese momento, la vecina viene a nuestro despacho e intentamos de todos los modos posibles contactar con la gestora para acordar un nuevo contrato de alquiler social, ya que sus condiciones económicas no han cambiado y no puede acceder a otra vivienda. Livingcenter se niega a un nuevo contrato, y nos dice que ya no quiere tener programas de alquiler social para antiguos deudores hipotecarios, y que la política actual de la empresa es vender la vivienda en el mercado libre ahora que los precios están altos.
Los bancos, rescatados con el dinero de todos durante la crisis, ya no quieren tener viviendas a precios sociales para devolver una ínfima parte del favor que le hicieron los Gobiernos; la dación en pago con alquiler social es cosa del pasado y, con cientos de miles de inversores dispuestos a comprar casas para especular, los bancos –y sus filiales como Livingcenter- se están deshaciendo de las viviendas aprovechando que ahora pueden venderse caras.
Una vez comprobado que Livingcenter se cerraba en banda, llegó la demanda de desahucio a nuestra clienta, y nos opusimos a ella.
Como uno de los motivos de oposición desarrollamos la situación de vulnerabilidad y al decreto de suspensión de desahucios (Real Decreto-Ley 11/2020 y sus posteriores ampliaciones) y por el Juzgado se acordó suspender el proceso a la vista del contundente informe de Servicios Sociales.
El día 29 de enero, con la caída del “Escudo social”, menos de 4 horas después de que la medida no fuera refrendada en el Congreso, Livingcenter presentó escrito pidiendo que se levantara la suspensión del procedimiento de desahucio y se señalara fecha de juicio. Cuando desde Junts, PP y VOX salían a decir que habían quitado el escudo social para que los pensionistas que tenían “okupadas” sus casas las pudieran recuperar, los bancos y fondos de inversión presentaban escritos en los Juzgados para que se reactivaran los desahucios de personas vulnerables.
El Juzgado tramitó la solicitud de Livingcenter y señaló juicio para el pasado 9 de marzo, y allí acudimos a defender los argumentos de nuestra contestación a la demanda que, además de la vulnerabilidad de la clienta, atacaban la prueba presentada por la actora en tanto que el burofax de rescisión del alquiler se había efectuado por una empresa privada y nunca había sido notificado a nuestra clienta en su domicilio.
Para sorpresa de la demandante, que tanto había corrido a solicitar el levantamiento de la suspensión, la sentencia desestimó su demanda de desahucio y declaró que el contrato de arrendamiento seguía en vigor al no poderse acreditar la intención de la arrendadora de rescindirlo.
A los pocos días de recibir la sentencia, por parte del Gobierno se acuerda el Real Decreto-Ley 8/2026 que prorroga durante dos años más los contratos que vencen antes del 31 de diciembre de 2027 y, habiéndose declarado no resuelto el contrato y, por lo tanto, en vigor durante estos años, ya hemos solicitado la prórroga a Livingcenter a nombre de nuestra clienta y blindado su contrato de alquiler social durante dos años más.
Es una victoria judicial, pero sobretodo es una victoria de la inquilina que decidió defender su casa como un hogar; ella compró la vivienda y pagó la hipoteca mientras pudo –llegando a pagar mucho más que por lo que después la adquirió Livingcenter- y cuando recibió la demanda de desahucio no se amedrentó y decidió quedarse en su casa y lucharlo en los Juzgados. Frente a quienes ven los hogares sólo como activos financieros con los que especular, vale la pena defender a quienes en todo momento deciden quedarse en su casa y poner el cuerpo para frenar la especulación.
22 de abril de 2026
Carlos Castillo Solano
Equipo jurídico de CAES